Contraloría extiende fuero maternal a trabajadoras a honorarios de municipalidades: Solicitud fue presentada por concejala progresista

Contraloría extiende fuero maternal a trabajadoras a honorarios de municipalidades: Solicitud fue presentada por concejala progresista

Natalia Contreras, miembro del concejo de la Municipalidad de Santiago, recurrió hasta el organismo fiscalizador para instar en una modificación respecto al criterio de protección a la maternidad. “Desde ahora, las trabajadoras a honorarios podrán hacer valer su fuero maternal de manera efectiva”, dijo tras conocer la resolución.

El pasado 5 de agosto, Contraloría General de la República anunció la extensión del fuero maternal a trabajadoras a honorarios de municipalidades, luego que la concejala progresista de la Municipalidad de Santiago, Natalia Contreras, junto a su par Alfredo Morgado, solicitara al organismo fiscalizador un “pronunciamiento sobre la extensión de los beneficios contemplados en el dictamen N° 14.498, de 2019, de este origen, sobre reconocimiento de las normas de protección a la maternidad, a las servidoras a honorarios contratadas en virtud del artículo 4° de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales”.

En su dictamen, el organismo dirigido por Jorge Bermúdez, establece que “a contar de la fecha de emisión del presente pronunciamiento, las servidoras a honorarios que prestan servicios en una municipalidad u otra repartición pública, en virtud de la ejecución de un programa presupuestario en los términos indicados, se encuentran protegidas por el fuero maternal en los términos regulados en el artículo 201 del Código del Trabajo”.

De esta manera, agrega el documento, “corresponde que la repartición o municipio que ha celebrado convenios a honorarios con servidoras que se encuentren en los supuestos del fuero maternal, renueve esas contrataciones por el período de inamovilidad que establece el citado artículo 201 del Código del Trabajo”.

Asimismo, el ente fiscalizador ordenó la reincorporación de todas aquellas mujeres que fueron separadas de sus funciones “a sus labores a lo menos durante el período que en que se extiende el fuero maternal, debiendo otorgarles un lugar de trabajo en el mismo programa presupuestario en el que se desempeñaban”, aclarando que de no ser ello factible, se deben reubicar “en alguna dependencia de esa misma repartición, sin perjuicio de que se requiera el desafuero en los términos previstos en el artículo 174 del Código del Trabajo”.

“Estamos muy contentos porque los nuevos criterios interpretativos establecidos en el nuevo dictamen que resolvió Contraloría, constituyen un cambio en la jurisprudencia que beneficia a las madres en su renovación de contrato y presentación de licencias médicas de descanso para el cuidado de sus hijos e hijas”, dijo al respecto Natalia Contreras, recalcando que “desde ahora, las trabajadoras a honorarios podrán hacer valer su fuero maternal de manera efectiva”.

 

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